El artículo 25 del Código de Comercio, define empresa como “toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios”.
Persona Natural: una persona natural puede matricularse como comerciante ante la Cámara de Comercio, siempre y cuando desarrolle actividades mercantiles.
Persona Jurídica: son sujetos que por ficción jurídica son capaces de ejercer derechos, contraer obligaciones y ser representadas judicial y extrajudicialmente.
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