TARIFAS DE SERVICIOS DE REGISTROS PÚBLICOS
El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 045 del 30 de enero de 2024, estableció los derechos por registro y renovación de la matrÍcula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones y, derechos por inscripción de libros y documentos, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio.
La matrícula de los comerciantes y su renovación en el registro público mercantil, será liquidada anualmente, de conformidad con lo dispuesto en las siguientes reglas previstas por el artículo 2.2.2.46.1.1.:
TARIFAS DEL REGISTRO MERCANTIL Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
1Derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil
La matrícula de los comerciantes y su renovación en el registro público mercantil, serán liquidadas en unidades de valor básico – UVB y en función de los activos ordinarios de los comerciantes, conforme a la siguiente tabla:
RANGO DE ACTIVOS | TARIFA | ||||
En pesos | Tarifa aplicada | ||||
Desde | Hasta | ||||
$ 75.088.000 | $23.104 + $8.086,4* (Activos) / $1.000.000 | ||||
$ 75.088.000 | $ 288.800.000 | $548.720 + $4.043,2* (Activos – $75.088.000 ) / $1.000.000 | |||
$ 288.800.000 | $ 750.880.000 | $1.296.712 + $1.155,2* (Activos – $288.800.000 ) / $1.000.000 | |||
$ 750.880.000 | $ 7.508.800.000 | $1.758.792 + $519,84* (Activos – $750.880.000 ) / $1.000.000 | |||
$ 7.508.800.000 | $ 23.104.000.000 | $4.799.856 + $288,8* (Activos – $7.508.800.000 ) / $1.000.000 | |||
$ 23.104.000.000 | En adelante | $8.698.656 + $144,4* (Activos – $23.104.000.000 ) / $1.000.000 o hasta $11.552.000 |
2Derechos por registro de matrícula o renovación de establecimientos de comercio, sucursales y agencias
Se liquidarán en unidades de valor básico – UVB, aplicando tarifas diferenciales, que tomarán como base la cantidad de activos totales del propietario, y el domicilio en el que se encuentre registrado, atendiendo las siguientes reglas y conforme la tabla que abajo se relaciona:
JURISDICCIÓN | |||
Activos total del propietario | Cámara de Comercio de Cali | Otras Cámaras | |
Desde (pesos) |
Hasta (pesos) |
||
$ 75.088.000 | $ 46.000 | $ 92.000 | |
$ 75.088.000 | $ 288.800.000 | $ 116.000 | $ 231.000 |
$ 288.800.000 | $ 750.880.000 | $ 185.000 | $ 370.000 |
$ 750.880.000 | $ 7.508.800.000 | $ 254.000 | $ 508.000 |
$ 7.508.800.000 | $ 23.104.000.000 | $ 323.000 | $ 647.000 |
$ 23.104.000.000 | $ 115.520.000.000 | $ 393.000 | $ 786.000 |
$ 115.520.000.000 | En adelante | $ 462.000 | $ 924.000 |
3Derechos por cancelaciones y mutaciones.
La cancelación de la matrícula y las mutaciones referentes a la actividad mercantil causará los siguientes derechos:
CONCEPTO | TARIFA | ||||
UVB | EN $ | ||||
1. Cancelación de la matrícula del comerciante | 2,00 | 23.100 | |||
2. Cancelación de matrícula establecimiento de comercio | 2,00 | 23.100 | |||
3. Mutaciones referentes a la actividad comercial | 2,00 | 23.100 |
4Derechos por inscripción de actos, libros y documentos
De acuerdo con el artículo 2.2.2.46.1.4. del Decreto 1074 de 2015, los derechos de inscripción por actos, libros y documentos serán los siguientes:
CONCEPTO | TARIFA | |
UVB | EN $ | |
1. La inscripción de los actos y documentos | 6,00 | 69.000 |
2. La inscripción en el registro mercantil de los libros | 2,00 | 23.100 |
5Certificados
Los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio, en desarrollo de su función pública de llevar el Registro Mercantil, tendrán los siguientes valores, independiente del número de hojas:
CONCEPTO | TARIFA | ||||
UVB | EN $ | ||||
1. Matrícula Mercantil | 0,50 | 5.800 | |||
2. Existencia y representación legal, inscripción de documentos | 1,00 | 11.600 | |||
3. Certificados Especiales | 1,00 | 11.600 |
6Formularios
CONCEPTO | TARIFA | ||||
UVB | EN $ | ||||
Formulario RUES – Registro Único Empresarial y Social | 0,7 | 8.100 |
TARIFAS DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
El Gobierno Nacional mediante el Artículo 2.2.2.46.1.7. del Decreto 1074 de 2015 fijó las tarifas que deben sufragarse en favor de las Cámaras de Comercio, por concepto del Registro de Proponentes.
Las tarifas vigentes para el año son las siguientes:
CONCEPTO | TARIFA | |
UVB | EN $ | |
1. Inscripción por cada proponente | 68,58 | 792.000 |
2. Renovación por cada proponente | 68,58 | 792.000 |
3. Actualización o modificación de la inscripción | 36,64 | 423.000 |
4. Certificados | 6,19 | 72.000 |
5. Expedición de copias | 0,34 | 3.900 |
TARIFAS DEL REGISTRO ÚNICO NACIONAL DE ENTIDADES OPERADORAS DE LIBRANZA
De acuerdo con lo establecido por la Resolución 3440 de 2015, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
De conformidad con lo establecido por artículo el 313 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, las tarifas, entre otros, deberán ser calculadas en Unidad de Valor Básico -UVB-. En tal sentido, las tarifas del Registro Único Nacional de Operadores de Libranza son ajustadas y calculadas con base en la UVB vigente para el año 2025 fijada por la Resolución 3914 del 17 de diciembre de 2024 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Las tarifas vigentes para el año son las siguientes:
CONCEPTO | TARIFA | |
UVB | EN $ | |
1. Inscripción inicial en el registro | 5,30 | 61.000 |
2. Renovación anual de la inscripción | 5,30 | 61.000 |
3. Concepto de actualización | 1,44 | 16.000 |