El trámite de inscripción lo llevan a cabo aquellas personas que no figuran inscritas en el Registro Único de Proponentes porque nunca han estado, aquellas que estando inscritas no adelantaron el trámite de la renovación dentro del término establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015 y por lo tanto le cesaron efectos a su registro, o por último aquellas que teniendo su registro vigente decidieron cancelarlo.
La inscripción se realiza en cualquier tiempo.
Para adelantar la inscripción en el Registro Único de Proponentes, debe de manera previa realizar la correspondiente renovación de su registro mercantil o de entidades sin ánimo de lucro, si se encuentra inscrito en alguno de estos registros.
Para solicitar la inscripción en el RUP ingrese aquí
Para consultar la Guía Práctica del Registro Único de Proponentes-RUP ingrese aquí