De acuerdo con la normatividad vigente, las actas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Número del acta
- Lugar y fecha de la reunión
- Órgano competente
- Convocatoria (medio, antelación y órgano que convoca)
- Quórum
- Designación de presidente y secretario
- Decisiones adoptadas
- Número de votos con el que se aprueban las decisiones
- Aprobación del acta
- Firma del presidente y secretario
Si se trata de una copia o un extracto del acta, esta debe estar autorizada por el secretario o por algún representante legal de la entidad.