La Cámara de Comercio de Cali informa que:

En virtud de lo establecido en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, a partir del 1° de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades es la entidad que supervisa a las Cámaras de Comercio, correspondiéndole decidir los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones registrales sobre las cuales proceden los recursos.

A continuación se indican los recursos que se encuentran en trámite:

El 20 de septiembre de 2024, la señora OLGA DORRONSORO TENORIO, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 19637 del 19 de septiembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 8 del 16 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a la remoción del representante legal y representante legal suplente de la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., como consecuencia de la acción social de responsabilidad.

Mediante Resolución No. 80 del 17 de octubre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto.

Mediante Resolución No. 2024-01-939074 del 9 de diciembre de 2024, la Superintendencia de Sociedades resolvió el anterior recurso de apelación relacionado con la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S. y confirmó el acto administrativo de inscripción.

El 20 de septiembre de 2024, la señora OLGA DORRONSORO TENORIO, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo de devolución del 16 de septiembre de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el Acta No. 8 del 10 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas de la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., radicada con el No. 20240766572, mediante la cual se aprobó la “cancelación del registro de las decisiones contenidas en el Acta No. 6 del 21 de julio de 2020, inscrita en la cámara de comercio el diez (10) de agosto del año dos mil veinte (2020), por ser dichas decisiones INEFICACES (…) y la cancelación de cualquier registro que con posterioridad al acta 6 del 21 de julio de 2020 y hasta la fecha de la decisión es decir hasta el 10 de septiembre se hubiere efectuado ante el registro mercantil de la Cámara de Comercio de Cali por el carácter ineficaz advertido respecto de la decisión de transformación de la sociedad.”.

Mediante Resolución No. 81 del 17 de octubre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto.

Mediante Resolución No. 2024-01-950342 del 17 de diciembre de 2024, la Superintendencia de Sociedades resolvió el anterior recurso de apelación relacionado con la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S. y confirmó el acto administrativo de devolución.

El 25 de septiembre de 2024, el señor ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ, en calidad de socio gestor y representante legal de la sociedad, y apoderado especial de los socios comanditarios ÁLVARO FELIPE VÉLEZ MUÑOZ y SEBASTIÁN VÉLEZ VILLARRAGA, interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el acto administrativo de devolución del 11 de septiembre de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar la reactivación y la renovación de la matrícula mercantil No. 342237-6 de la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA. S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN, según Acta de la Junta de Socios del 5 de septiembre de 2024 y formulario RUES, radicada con el No. 20240761149.

Mediante Resolución No. 84 del 29 de octubre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN, confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto.

El 3 de octubre de 2024, la señora MARYLUZ MUÑOZ GÓMEZ, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra los actos administrativos Nos. 19760 y 19762 del 23 de septiembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondientes a la inscripción del Acta No. 10 del 19 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a la reforma parcial de estatutos, aumento de capital autorizado, modificación del valor de la cuota o acciones y nombramiento del representante legal de la sociedad COMERCIALIZADORA DEL CAMPO COLOMBIANA S.A.S.

Mediante Resolución No. 91 del 15 de noviembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad COMERCIALIZADORA DEL CAMPO COLOMBIANA S.A.S., confirmó los actos administrativos de inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, las inscripciones recurridas continúan bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El 12 de noviembre de 2024, el señor GHILMAR FERNANDO BORRERO MORA, representante legal de la sociedad B&M Legal Group S.A.S., en calidad de apoderado del señor ANDRÉS FERNANDO QUINTERO GAVILÁN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra la inscripción No. 22302 del 5 de noviembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, bajo la cual la Cámara de Comercio inscribió el nombramiento de representante legal principal y nombramiento de representante legal suplente de la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S., contenidos en el Acta SN del 22 de octubre de 2024 de Accionista Único, radicada con el No. 20240874824.

Mediante Resolución No. 101 del 17 de diciembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S., confirmó la inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El 14 de noviembre de 2024, los señores JULIÁN DAVID TABARES GARCÉS y GUSTAVO ADOLFO HENAO CORTÉS, interpusieron recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 22762 del 13 de noviembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente al nombramiento de representante legal principal y nombramiento de representante legal suplente de la sociedad WAHVCOL S.A.S., contenidos en el Acta No. 008 del 5 de noviembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas.

Mediante Resolución No. 95 del 27 de noviembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad WAHVCOL S.A.S., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El 14 de noviembre de 2024, el señor GHILMAR FERNANDO BORRERO MORA, representante legal de la sociedad B&M Legal Group S.A.S., en calidad de apoderado del señor ANDRÉS FERNANDO QUINTERO GAVILÁN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 72933 del 8 de noviembre de 2024 del Libro XV del Registro Mercantil, bajo la cual la Cámara de Comercio inscribió los actos “CAMBIO DE DIRECCION, TELEFONO, APARTADO AEREO, TELEFAX, FAX, E-MAIL” y “DIRECCION NOTIFICACION JUDICIAL” de la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S. contenidos en el documento privado del 8 de noviembre de 2024, radicado con el No. 20240893107.

Mediante Resolución No. 101 del 17 de diciembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S., confirmó la inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El 23 de diciembre de 2024, el señor JUAN CARLOS UPEGUI VARGAS, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el Acto Administrativo No. 3831 del 10 de diciembre de 2024 del Libro I del Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, correspondiente a la inscripción del Acta SN del 20 de octubre de 2024 de Asamblea General, la cual se refiere a la modificación término de duración de la entidad JUNTA ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO – ACUALANDAYES. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.