La Cámara de Comercio de Cali informa que:
En virtud de lo establecido en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, a partir del 1° de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades es la entidad que supervisa a las Cámaras de Comercio, correspondiéndole decidir los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones registrales sobre las cuales proceden los recursos.
A continuación se indican los recursos que se encuentran en trámite:
El 9 de septiembre de 2024, el señor ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ, en calidad de apoderado judicial, socio gestor, representante legal de la sociedad y apoderado especial de los socios comanditarios ÁLVARO FELIPE VÉLEZ MUÑOZ y SEBASTIÁN VÉLEZ VILLARRAGA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el Acto Administrativo de devolución del 27 de agosto de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar la reforma de estatutos y la reactivación de la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA. S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN, según la Escritura Pública No. 3832 del 8 de agosto de 2024 de la Notaría Veintiuna del Círculo de Cali, radicada con el No. 20240716031.
Mediante Resolución No. 69 del 11 de septiembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN, confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto.
Mediante Resolución No. 316-300586 del 12 de noviembre de 2024, la Superintendencia de Sociedades resolvió el anterior recurso de apelación relacionado con la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN y confirmó el acto administrativo de devolución.
El 6 de septiembre de 2024, el señor FRANCISCO PABLO GUEVARA VARELA, interpuso recurso de queja ante la Superintendencia de Sociedades contra la Resolución No. 67 del 2 de septiembre de 2024 de la Cámara de Comercio de Cali, mediante la cual se rechazó el recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el acto administrativo No. 17657 del 16 de agosto de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 01-24 del 7 de agosto de 2024 de Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a la reforma parcial de estatutos de la sociedad CAROLINA BARRAGÁN DOCTOR OF DENTAL MEDICINE S.A.S.
Mediante Resolución No. 316-300418 del 1 de noviembre de 2024, la Superintendencia de Sociedades resolvió el anterior recurso de queja relacionado con la sociedad CAROLINA BARRAGÁN DOCTOR OF DENTAL MEDICINE S.A.S. y confirmó la decisión adoptada por la Cámara de Comercio de Cali en la Resolución No. 67 del 2 de septiembre de 2024.
El 20 de septiembre de 2024, la señora OLGA DORRONSORO TENORIO, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 19637 del 19 de septiembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 8 del 16 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a la remoción del representante legal y representante legal suplente de la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., como consecuencia de la acción social de responsabilidad.
Mediante Resolución No. 80 del 17 de octubre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El 20 de septiembre de 2024, la señora OLGA DORRONSORO TENORIO, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo de devolución del 16 de septiembre de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el Acta No. 8 del 10 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas de la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., radicada con el No. 20240766572, mediante la cual se aprobó la “cancelación del registro de las decisiones contenidas en el Acta No. 6 del 21 de julio de 2020, inscrita en la cámara de comercio el diez (10) de agosto del año dos mil veinte (2020), por ser dichas decisiones INEFICACES (…) y la cancelación de cualquier registro que con posterioridad al acta 6 del 21 de julio de 2020 y hasta la fecha de la decisión es decir hasta el 10 de septiembre se hubiere efectuado ante el registro mercantil de la Cámara de Comercio de Cali por el carácter ineficaz advertido respecto de la decisión de transformación de la sociedad.”.
Mediante Resolución No. 81 del 17 de octubre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad OLGA DORRONSORO S.A.S., confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto.
El 25 de septiembre de 2024, el señor ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ, en calidad de socio gestor y representante legal de la sociedad, y apoderado especial de los socios comanditarios ÁLVARO FELIPE VÉLEZ MUÑOZ y SEBASTIÁN VÉLEZ VILLARRAGA, interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el acto administrativo de devolución del 11 de septiembre de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar la reactivación y la renovación de la matrícula mercantil No. 342237-6 de la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA. S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN, según Acta de la Junta de Socios del 5 de septiembre de 2024 y formulario RUES, radicada con el No. 20240761149.
Mediante Resolución No. 84 del 29 de octubre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad ÁLVARO VÉLEZ ÁLVAREZ & CÍA S. EN C. S. EN LIQUIDACIÓN, confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto.
El 3 de octubre de 2024, la señora MARYLUZ MUÑOZ GÓMEZ, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra los actos administrativos Nos. 19760 y 19762 del 23 de septiembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondientes a la inscripción del Acta No. 10 del 19 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a la reforma parcial de estatutos, aumento de capital autorizado, modificación del valor de la cuota o acciones y nombramiento del representante legal de la sociedad COMERCIALIZADORA DEL CAMPO COLOMBIANA S.A.S.
Mediante Resolución No. 91 del 15 de noviembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad COMERCIALIZADORA DEL CAMPO COLOMBIANA S.A.S., confirmó los actos administrativos de inscripción y concedió ante la Superintendencia Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, las inscripciones recurridas continúan bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El 7 de noviembre de 2024, el señor Fernando Zambrano Montealegre, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el Acto Administrativo No. 21942 del 29 de octubre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la remoción del representante legal de la sociedad MONZAGRO S.A.S., contenido en el Acta No. 18 del 25 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas.
Mediante Resolución No. 92 del 20 de noviembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad MONZAGRO S.A.S. y revocó el acto administrativo de inscripción.
El 12 de noviembre de 2024, el señor GHILMAR FERNANDO BORRERO MORA, representante legal de la sociedad B&M Legal Group S.A.S., en calidad de apoderado del señor ANDRÉS FERNANDO QUINTERO GAVILÁN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra los siguientes actos administrativos:
Inscripción No. 22302 del 5 de noviembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, bajo la cual la Cámara de Comercio inscribió el nombramiento de representante legal principal y nombramiento de representante legal suplente de la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S., contenidos en el Acta SN del 22 de octubre de 2024 de Accionista Único, radicada con el No. 20240874824. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Inscripción No. 72933 del 8 de noviembre de 2024 del Libro XV del Registro Mercantil, bajo la cual la Cámara de Comercio inscribió los actos “CAMBIO DE DIRECCION, TELEFONO, APARTADO AEREO, TELEFAX, FAX, E-MAIL” y “DIRECCION NOTIFICACION JUDICIAL” de la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S. contenidos en el documento privado del 8 de noviembre de 2024, radicado con el No. 20240893107. El recurso contra esta inscripción fue rechazado mediante la Resolución No. 89 del 13 de noviembre de 2024 de la Cámara de Comercio de Cali.
El 14 de noviembre de 2024, los señores JULIÁN DAVID TABARES GARCÉS y GUSTAVO ADOLFO HENAO CORTÉS, interpusieron recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 22762 del 13 de noviembre de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente al nombramiento de representante legal principal y nombramiento de representante legal suplente de la sociedad WAHVCOL S.A.S., contenidos en el Acta No. 008 del 5 de noviembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El 14 de noviembre de 2024, el señor GHILMAR FERNANDO BORRERO MORA, representante legal de la sociedad B&M Legal Group S.A.S., en calidad de apoderado del señor ANDRÉS FERNANDO QUINTERO GAVILÁN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 72933 del 8 de noviembre de 2024 del Libro XV del Registro Mercantil, bajo la cual la Cámara de Comercio inscribió los actos “CAMBIO DE DIRECCION, TELEFONO, APARTADO AEREO, TELEFAX, FAX, E-MAIL” y “DIRECCION NOTIFICACION JUDICIAL” de la sociedad DANIEL ZULUAGA CUBILLOS S.A.S. contenidos en el documento privado del 8 de noviembre de 2024, radicado con el No. 20240893107. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El 18 de noviembre de 2024, el señor JUAN ESTEBAN CAICEDO ALZATE, interpuso recurso de reposición contra la Resolución No. 2819 del 16 de noviembre de 2024, por la cual la Cámara de Comercio decretó el desistimiento tácito de la solicitud de registro de la reforma de estatutos y los nombramientos de representante legal principal y suplente de la sociedad PROPAR COLOMBIA S.A.S., contenidos en el Acta No. 7 del 25 de septiembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas, radicada con el No. 20240827861.
Mediante Resolución No. 94 del 22 de noviembre de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad PROPAR COLOMBIA S.A.S. y confirmó la decisión contenida en la Resolución No. 2819 del 16 de noviembre de 2024.