La Cámara de Comercio de Cali informa que:

En virtud de lo establecido en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, a partir del 1° de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades es la entidad que supervisa a las Cámaras de Comercio, correspondiéndole decidir los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones registrales sobre las cuales proceden los recursos.

A continuación se indican los recursos que se encuentran en trámite:

El 4 de marzo de 2024, el señor JOHN EDINSON MARTÍNEZ GARCÍA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 3199 del 21 de febrero de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 002-2024 del 19 de febrero de 2024 de Accionista Único, la cual se refiere al nombramiento de revisor fiscal principal de la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S.

El 4 de marzo de 2024, el señor JAMES MAURICIO MARTÍNEZ FIGUEROA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 3199 del 21 de febrero de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 002-2024 del 19 de febrero de 2024 de Accionista Único, la cual se refiere al nombramiento de revisor fiscal principal de la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S.

Mediante Resolución No. 24 del 18 de abril de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió los anteriores recursos de reposición interpuestos por los señores JOHN EDINSON MARTÍNEZ GARCÍA y JAMES MAURICIO MARTÍNEZ FIGUEROA, relacionados con la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia de Sociedades los recursos de apelación interpuestos.

Mediante Resolución No. 316-009661 del 19 de junio de 2024, la Superintendencia de Sociedades resolvió los anteriores recursos de apelación interpuestos por los señores JOHN EDINSON MARTÍNEZ GARCÍA y JAMES MAURICIO MARTÍNEZ FIGUEROA, relacionados con la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S. y confirmó el acto administrativo de inscripción.

El 9 de abril de 2024, el señor YOAV GHITIS MOLINA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 6261 del 2 de abril de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 01-2024 del 1 de abril de 2024 de la Junta de Socios, la cual se refiere al nombramiento de representante legal de la sociedad MICROCOM COMUNICACIÓN Y SEGURIDAD LTDA.

Mediante Resolución No. 35 del 29 de mayo de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad MICROCOM COMUNICACIÓN Y SEGURIDAD LTDA., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El 18 de abril de 2024, la señora CATALINA MENDOZA CASTAÑO, en calidad de apoderada especial del señor JOSÉ EGDIBER FRANCO CASTRILLÓN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra los actos administrativos Nos. 6400 del 4 de abril de 2024 y 6794 del 10 de abril de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondientes a la inscripción del Acta No. 01-2024 del 1 de abril de 2024 de Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a los nombramientos de representante legal principal y representante legal suplente, respectivamente, de la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL SOLOMETALES S.A.S. CI SOLOMETALES EN REORGANIZACIÓN.

Mediante Resolución No. 36 del 31 de mayo de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL SOLOMETALES S.A.S. CI SOLOMETALES EN REORGANIZACIÓN, confirmó los actos administrativos de inscripción y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, las inscripciones recurridas continúan bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.

El 19 de abril de 2024, la señora CATALINA MENDOZA CASTAÑO, en calidad de apoderada especial del señor JORGE LISLEY FRANCO CASTRILLÓN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 6535 del 5 de abril de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 01-2024 del 1 de abril de 2024 de Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere al nombramiento de representante legal principal de la sociedad C.I. ACEROS Y METALES DE COLOMBIA S.A.S.

Mediante Resolución No. 38 del 7 de junio de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad C.I. ACEROS Y METALES DE COLOMBIA S.A.S., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.

El 22 de abril de 2024, el señor JOHN EDINSON MARTÍNEZ GARCÍA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto el administrativo de devolución del 8 de abril de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el Acta No. 001-2024 del 1 de abril de 2024 de Asamblea General de Accionistas de la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S., radicada con el No. 20240373693.

El 22 de abril de 2024, el señor JAMES MAURICIO MARTÍNEZ FIGUEROA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo de devolución del 8 de abril de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el Acta No. 001-2024 del 1 de abril de 2024 de Asamblea General de Accionistas de la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S., radicada con el No. 20240373693.

Mediante Resolución No. 41 del 17 de junio de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió los anteriores recursos de reposición interpuestos por los señores JOHN EDINSON MARTÍNEZ GARCÍA y JAMES MAURICIO MARTÍNEZ FIGUEROA, relacionados con la sociedad ESTRADIGITAL S.A.S., confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades los recursos de apelación interpuestos.

El 20 de mayo de 2024, el señor CAMILO SANTAMARÍA SALCEDO, interpuso recurso de reposición contra la Resolución No. 1060 del 3 de mayo de 2024, por la cual la Cámara de Comercio decretó el desistimiento tácito de la solicitud de la renovación de la matrícula mercantil de la sociedad INVERKASSA S.A.S., radicada con el No. 20240282947.

Mediante Resolución No. 46 del 21 de junio de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad INVERKASSA S.A.S. y confirmó la decisión contenida en la Resolución No. 1060 del 3 de mayo de 2024.

El 20 de mayo de 2024, la señora OFFIR ZULUAGA OSPINA, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo de devolución del 6 de mayo de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el nombramiento del gerente de la sociedad INVERSIONES SISE GARCÍA S.C.A., contenido en el Acta de Junta Directiva No. 2404-01 del 17 de abril de 2024, radicada bajo el No. 20240437768.

Mediante Resolución No. 34 del 28 de mayo de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad INVERSIONES SISE GARCÍA S.C.A., confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto.

El 21 de mayo de 2024, el señor GERMÁN ANDRÉS RODRÍGUEZ ORTIZ, en calidad de apoderado de la sociedad ROCALES Y CONCRETOS S.A.S. interpuso recurso de reposición contra la Resolución No. 1434 del 21 de mayo de 2024, por la cual la Cámara de Comercio decretó el desistimiento tácito de la solicitud de la renovación del Registro Único de Proponentes de la sociedad ROCALES Y CONCRETOS S.A.S., radicada con el No. 20240382806.

Mediante Resolución No. 47 del 26 de junio de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad ROCALES Y CONCRETOS S.A.S. y confirmó la decisión contenida en la Resolución No. 1434 del 21 de mayo de 2024.

El 27 de mayo de 2024, los señores JUAN CARLOS UPEGUI VARGAS, ALBA LUCÍA LONDOÑO GIRALDO, LUISA FERNANDA SARMIENTO NÚÑEZ, DANIELA GARCÍA NÚÑEZ, JOSÉ DOMINGO GARCÍA LOTERO y DAVID ALEXANDER PINO SEGURA, interpusieron recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo No. 1745 del 10 de mayo de 2024 del Libro I del Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, correspondiente a la inscripción del Acta SN del 17 de marzo de 2024 de Asamblea General, la cual se refiere a la prórroga del término de duración de la entidad JUNTA ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO – ACUALANDAYES. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El 11 de junio de 2024, la señora NICOLE DIANE FRANCO PALACIO, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el Acto Administrativo No. 12199 del 24 de mayo de 2024 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 41 del 17 de mayo de 2024 de Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere al nombramiento de revisor fiscal principal de la sociedad C.I. ACEROS Y METALES DE COLOMBIA S.A.S..

Mediante Resolución No. 48 del 26 de junio de 2024, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso de reposición relacionado con la sociedad C.I. ACEROS Y METALES DE COLOMBIA S.A.S., confirmó el acto administrativo de inscripción y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto. Por lo anterior, la inscripción recurrida continúa bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.