
CONCILIACIÓN
En la conciliación usted es el protagonista de su propio acuerdo. Resuelva sus diferencias con clientes, arrendatarios o proveedores, a través de un proceso sencillo rápido y confidencial entre las partes. Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
BENEFICIOS

Rapidez:
El trámite se desarrolla y se agota en una única audiencia.

Evita pleitos:
pone fin a los conflictos existentes o evita uno eventual.

Economía:
Se ahorran los costos que implica un largo proceso judicial.

Validez Jurídica:
El acuerdo conciliatorio tiene los mismos efectos de una sentencia judicial.

Cosa Juzgada:
El conflicto que se resuelve en audencia, no puede ser discutido nuevamente en otra instancia.

Confidencialidad:
La información de la audiencia es reservada.

Exigible:
El acta de Conciliación presta mérito ejecutivo.