Matrícula de Sociedad Extranjera

¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD EXTRANJERA? Una sociedad extranjera es aquella constituida conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior.

¿QUÉ ES UNA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA? Es un establecimiento de comercio abierto en Colombia por una sociedad con domicilio en el exterior, por medio del cual emprenden negocios en el territorio nacional. Sus mandatarios tendrán facultades para representarla legalmente.

INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA MERCANTIL La solicitud de registro y matrícula mercantil debe formularse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde la sucursal de sociedad extranjera va a desarrollar su actividad.

CONSULTAS PREVIAS A LA MATRÍCULA MERCANTIL

  • Confirme en la Secretaria de Planeación Municipal – CAM, Torre Alcaldía piso 11, que la actividad económica a desarrollar pueda ser ejecutada en la dirección donde se ubicará el domicilio principal y/o en la dirección de la sucursal (uso de suelos), si es del caso.
  • Verifique que el nombre de la sucursal no figure registrado en ninguna Cámara de Comercio del país (Homonimia). La consulta la puede realizar en las terminales de autoconsulta dispuestas en los Centros de Atención Empresarial – CAE de la Cámara de Comercio o a través de la dirección de internet del Registro Único Empresarial y Social RUES www.rues.org.co.
  • Establezca la Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU correspondiente a la actividad económica que va a desarrollar. La consulta la puede realizar en las terminales de autoconsulta dispuestas en los Centros de Atención Empresarial – CAE de la Cámara de Comercio o a través de http://www.ccc.org.co/registraya/cae/consultas.html

TRÁMITES PARA LA FORMALIZACIÓN

  • Diligencie y firme el Formulario de Registro Único Empresarial y Social RUES para la sucursal de sociedad extrajera, lo puede adquirir en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio de Cali.
  • A través de nuestro sitio web www.ccc.org.co podrá diligenciar los formularios de matrícula mercantil de la persona jurídica y sus establecimientos de comercio. Imprima y firme los formularios.
  • Diligencie el Formulario Adicional de Registro con Otras Entidades CAE. Con la información registrada en este documento la Cámara de Comercio de Cali notifica la matrícula  los establecimientos de comercio a la Secretaria de Planeación Municipal, Hacienda Municipal, Gobierno Municipal.
  • Diligencie el Formulario de Registro Único Tributario de la DIAN a través de la página internet www.dian.gov.co, seleccionando la opción “Inscripción RUT”, y en Tipo de Inscripción elija “Cámara de Comercio”, pulse el botón continuar. Imprima el formulario diligenciado, debe firmarlo el representante legal.
  • Se deberá protocolizar en una notaría del lugar elegido para su domicilio en el país, los siguientes documentos (artículo 471 del Código de Comercio):
  • Copia autentica del documento de fundación y estatutos de la sociedad extranjera.
  • Copia autentica de los documentos que acrediten la existencia de la sociedad extranjera, expedido en el país de origen por el organismo correspondiente.
  • Copia auténtica del documento o resolución proferido por la sociedad extranjera, en la cual se determine el establecimiento de una sucursal en Colombia, documento que deberá contener los siguientes requisitos (artículo 472 del Código de Comercio):
  • Nombre de la sucursal
  • Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana respecto a la claridad y concreción del objeto social;
  • El monto del capital asignado a la sucursal y el originado en otras fuentes, si las hubiere;
  • El lugar escogido como domicilio de la sucursal;
  • El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos;
  • La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que representen a la sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social y tendrá la personería judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales. Se deberá indicar el número de identificación del mandatario (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o pasaporte).
  • La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia.

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA MATRÍCULA MERCANTIL

  • Exhibición del documento de identificación original de quien presenta el trámite ante el funcionario de la Cámara de Comercio.
  • Formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES.
  • Formulario Adicional de Registro con Otras Entidades CAE, diligenciado y firmado por el representante legal.
  • Para la inscripción provisional en el RUT presentar original del Formulario de Registro Único Tributario de la DIAN con la marca de agua “Para Tramite en Cámara”,   Cuando el trámite del RUT lo realice un tercero a través de poder, el formulario Pre-Rut lo debe firmar el apoderado, se debe adjuntar el poder con reconocimiento del otorgante.
  • Escritura pública (artículo 471 del Código de Comercio).
AL MOMENTO DE PRESENTAR LOS DOCUMENTOS VERIFIQUE QUE:
  • Haya diligenciado todas las casillas de los formularios.
  • Los formularios no presenten tachones o enmendaduras.
  • Que se encuentren debidamente firmados por el representante legal.
  • El número de teléfono y la dirección que se reporte en el formulario del RUT (Pre-Rut) debe coincidir con los datos domicilio principal de la sucursal reportados en el formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES

RECUERDE QUE:

  • De acuerdo con el artículo 33 del Código de Comercio la matrícula mercantil debe renovarse entre los primeros tres meses del año, indiferente a la fecha en la cual se realizó la matrícula mercantil.
  • Debe dar cumplimiento a los requisitos establecidos para la apertura y operación de los establecimientos de comercio, contemplados en la normatividad legal vigente.

TARIFA PARA LA INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA Para proceder a realizar la  inscripción de la sucursal de sociedad extranjera, se deberá cancelar los derechos que la inscripción origina (Artículo 45 del C. Co)  por concepto del documento o resolución proferido por la sociedad extranjera, en la cual se determine el establecimiento de una sucursal y así mismo por concepto de matrícula mercantil de la sucursal (Decreto 1074 de 2015).

MODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN Cualquier modificación como: cambio de dirección, teléfono, actividad económica  etc., debe comunicarse por escrito y personalmente a la Cámara de Comercio, por intermedio del apoderado de la sucursal de sociedad extranjera.

REFORMAS EN  LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRAJERA Por disposición del Artículo 479 del Código de Comercio, cuando los estatutos de la casa principal o la resolución o acto mediante el cual se acordó emprender negocios en el país sean modificados, se protocolizará dicha reforma en la notaria correspondiente al domicilio de la sucursal en Colombia. Es importante tener en cuenta que si se realizan cambios de los mandatarios generales en el país o el revisor fiscal, esto no constituirá una reforma siempre y cuando no se estén modificando las facultades o restricciones para dichos cargos.

CIERRE Y CANCELACIÓN DE MATRÍCULA DE LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA Se podrá decretar el cierre y cancelación de la matrícula mercantil de la sucursal de sociedad extrajera mediante documento o resolución proferida por la sociedad extranjera en la cual se decrete la terminación de las actividades en el territorio nacional. Se debe tener en cuenta que para cancelar la matrícula debe haber cancelado los derechos correspondientes a los años no renovados.