¿QUÉ ES UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO?
El artículo 515 del Código de Comercio establece que “se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos de comercio y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales”.
MATRÍCULA MERCANTIL
La solicitud de matrícula debe formularse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde el establecimiento de comercio va a desarrollar su actividad, dentro del mes siguiente a su apertura.
CONSULTAS PREVIAS A LA MATRÍCULA MERCANTIL
- Confirme en la Secretaría de Planeación Municipal – CAM, Torre Alcaldía piso 11, que la actividad económica a desarrollar pueda ser ejecutada en la dirección donde se ubicará el establecimiento de comercio (uso de suelos), si es del caso.
- Verifique que el nombre del establecimiento de comercio no figure registrado en el Registro Único Empresarial y Social (Homonimia). La consulta la puede realizar en las terminales de autoconsulta dispuestas en los Centros de Atención Empresarial – CAE de la Cámara de Comercio o a través de la dirección de internet del Registro único Empresarial y Social RUES www.rues.org.co. Recuerde tener en cuenta las recomendaciones de búsqueda.
- Establezca la Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU correspondiente a la actividad económica que va a desarrollar. La consulta la puede realizar en las terminales de autoconsulta dispuestas en los Centros de Atención Empresarial – CAE de la Cámara de Comercio o a través de http://www.ccc.org.co/serviciosvirtuales/cae/consultas.html
- Diligencie de manera correcta y completa el Formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES, este podrá adquirirlo en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio de Cali.
- Diligencie el Formulario Adicional de Registro con Otras Entidades CAE. Con la información registrada en este documento la Cámara de Comercio de Cali notifica la matrícula de los establecimientos de comercio a las secretarias de Planeación Municipal, Hacienda Municipal, Gobierno Municipal.
- Exhibición del documento de identificación original de quien presenta el trámite ante el funcionario de la Cámara de Comercio.
- Formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES para el Establecimiento de Comercio.
- Formulario Adicional de Registro con Otras Entidades CAE, diligenciado y firmado.
- Haya diligenciado todas las casillas de los formularios.
- Los formularios no presenten tachones o enmendaduras.
- Que se encuentren debidamente firmados por el propietario del establecimiento de comercio o representante legal de la persona jurídica.
- De acuerdo con el artículo 33 del Código de Comercio la matrícula mercantil debe renovarse entre los primeros tres meses del año, indiferente a la fecha en la cual se realizó la matrícula mercantil.
- Debe dar cumplimiento a los requisitos establecidos para la apertura y operación de los establecimientos de comercio, contemplados en la normatividad legal vigente.
TARIFAS PARA LA MATRÍCULA Y SU RENOVACIÓN
Para proceder a realizar la matrícula mercantil del establecimiento de comercio se deberá cancelar la tarifa respectiva, la cual dependerá de los activos reportados en los Formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES (Decreto 1074 de 2015).
MODIFICACIÓN DATOS BÁSICOS
Cualquier modificación como: cambio de nombre, dirección, teléfono, actividad económica etc., debe comunicarse por escrito a la Cámara de Comercio, por intermedio del comerciante o apoderado.
CANCELACIÓN MATRÍCULA ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO.
Cuando el establecimiento de comercio ha dejado de funcionar, el propietario o representante legal de la persona jurídica propietaria, mediante solicitud escrita presentada ante el funcionario autorizado de la Cámara de Comercio, podrá solicitar la cancelación del mismo.
Si el establecimiento del comerciante fallecido, ha sido cerrado y no será objeto de adjudicación por sucesión, quien se encuentre legitimado para hacerlo, podrá solicitar por escrito la cancelación de la matrícula del establecimiento de comercio manifestando bajo la gravedad del juramento, que el establecimiento de comercio se encuentra cerrado y no ha sido o será adjudicado a ningún heredero.
Se debe tener en cuenta que para cancelar la matrícula debe haber cancelado los derechos correspondientes a los años no renovados. Si lo desea, puede utilizar los formatos de cancelación y modificación de información, que gratuitamente le suministra la Cámara de Comercio de Cali.